Segun la normativa vigente:
Los faros de alumbrado que se sustituyan deberán estar homologados por el fabricante y deben tener grabados los códigos de homologación. El alumbrado de carretera nunca podrá tener mas de 75 puntos de índice de luminosidad.
Se pueden añadir 2 faros mas de alumbrado de carretera siempre que el indice de luminosidad de los 4 faros no supere los 75 puntos.
Estas reformas se pueden homologar con un certificado de taller instalador.
No se pueden colocar neones en el interior ni en los bajos aunque los lleves desconectados de la batería.
No se pueden tintar parcial o totalmente los faros ni colocar pestañas o cualquier otro elemento que interfiera en el haz de luz.
No se pueden homologar los kits xenon ya que los faros vienen preparados para luces halógenas y no de xenon
En este sitio lo tengo explicado mejor:
https://safortuning.foroes.net/itv-homol ... gar-t5.htm
Resumiendo los faros de casa si que pasan la itv, faros de compra con sello pasan la itv, faros de compra sin sello nanai de la china, faros de casa o compra con sello y modificados ni de palo, los faros no se pueden homologar salvo que se canvien por otros homologados de otro coche, es decir si le poneis unos homologadoa a vuestro xsara de un 206 , al ser una modificacion del coche se tendria que homologar los faros no pero si la reforma echa para adaptarlos.
pero repito siempre podeis pillaros unos de desguace y a la hora de la itv canviarlos.